Carta al director
Vol. 31 | Núm. 2 | 2026
3 min
Abelardo Fernández-Chávez1*, Daniel-Leonardo Sánchez-Carmona2, Émely García-Carrasco3, Carol Castellares-González4, Guillermo Ordóñez-León5, María-Teresa Ledo-Varela6
1Servicio de Medicina Preventiva, Hospital Universitario Ramón y Cajal, Madrid, España
2Servicio de Medicina Preventiva, Hospital Clínico Universitario de Valladolid, Valladolid, España
3Servicio de Medicina Preventiva, Hospital General Universitario Gregorio Marañón, Madrid, España
4Servicio de Medicina Preventiva, Hospital Universitario 12 de Octubre, Madrid, España
5Servicio de Admisión y Documentación Clínica, Hospital General Universitario Gregorio Marañón, Madrid, España
6Servicio de Medicina Preventiva, Hospital Universitario La Paz, Madrid, España
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La progresiva complejidad de la atención sanitaria y el aumento de pacientes con tratamientos inmunosupresores, enfermedades crónicas y viajes internacionales hacen necesaria la creación de consultas específicas de vacunación en la medicina privada [1-6]. En la actualidad, estas actividades se concentran de forma casi exclusiva en el ámbito hospitalario público, habitualmente bajo la responsabilidad de especialistas en Medicina Preventiva y Salud Pública, lo que genera una brecha asistencial injustificada en un sector privado que atiende a una población cada vez más envejecida, pluripatológica y expuesta a riesgos infecciosos previsibles.
La vacunación de pacientes inmunocomprometidos no es un acto rutinario. Exige valorar el tipo y grado de inmunosupresión, el momento óptimo de administración, la posible contraindicación de vacunas vivas, la necesidad de refuerzos o pautas aceleradas y la coordinación con otros tratamientos.
Del mismo modo, la consulta del viajero requiere una evaluación individualizada del destino, duración del viaje, itinerario, exposición prevista, profilaxis indicada, situación vacunal previa y comorbilidades del paciente.
La implantación de estas consultas en la medicina privada debe recaer de forma natural en el especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública. Su ámbito competencial incluye la definición, promoción, ejecución, aplicación y evaluación de las actividades preventivas desarrolladas en instituciones asistenciales, tanto hospitalarias como extrahospitalarias, respecto a individuos, colectivos o grupos de riesgo. En la práctica clínica, este especialista es quien asume la inmunización de pacientes con condiciones de riesgo y la consulta de vacunación del viajero internacional, lo que lo sitúa como el profesional idóneo para liderar estas prestaciones en el sector privado.
La base jurídica para incorporar estas consultas en la sanidad privada es clara. La Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias, establece que sus disposiciones son aplicables tanto al ámbito público como al privado, y reconoce entre las funciones de los profesionales sanitarios las de prevención de la enfermedad, promoción y mantenimiento de la salud, así como la educación sanitaria.
Por su parte, la Ley 16/2003, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, extiende sus principios al conjunto del sistema sanitario español e incluye expresamente el control de las entidades sanitarias privadas en materia de salud pública, información, seguridad y calidad.
Desde esta perspectiva, la consulta de vacunación de inmunocomprometidos y del viajero en la medicina privada no solo es conveniente, sino coherente con el marco legal vigente. La sanidad privada, si aspira a ofrecer una asistencia integral, debe incorporar prestaciones preventivas especializadas que respondan a necesidades reales de sus asegurados. La ausencia de esta figura obliga con frecuencia a derivar pacientes a hospitales públicos para actuaciones que pueden y deben organizarse en el ámbito privado con profesionales cualificados, circuitos seguros y protocolos homogéneos.
Referencias
[1] Ministerio de Sanidad. Calendario de vacunación para grupos de riesgo y condiciones especiales. Madrid: Ministerio de Sanidad; 2025.
[2] Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. Boletín Oficial del Estado, núm. 280, de 22 noviembre 2003.
[3] Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. Boletín Oficial del Estado, núm. 128, de 29 mayo 2003.
[4] Rodríguez J, et al. Vacunas en salud laboral: una oportunidad para prevenir enfermedades inmunoprevenibles. Rev Med Clin Condes. 2020;31(4):421-428.
[5] World Health Organization. International travel and health. Geneva: WHO; 2025.
[6] Centers for Disease Control and Prevention. Yellow Book 2026: Health Information for International Travel. New York: Oxford University Press; 2025.
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