Firma invitada
Vol. 30 | Núm. 3 | 2025
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María Sainz Martín
Especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública
Diputada del GPS por Madrid
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Breve introducción a la temática sanitaria
Desde que disfrutamos la Constitución española del año 1978 podemos recordar que su Artículo 1.1 dice así: “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”
Recordemos que son poderosas palabras y con gran profundidad significativas. Recordemos que hay 168 artículos más, además de las disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y un final para su publicación en el B.O.E.
Y ahora que estoy como diputada, desde el 25 de junio del 2024, no dejo de leerlo como si fuera una especial “Biblia” a la que voy a consultar siempre que tengo dudas.
Las personas que trabajan en la sanidad, especialmente las y los especialistas en Medicina Preventiva y Salud Pública, se han formado conociendo los orígenes de la OMS, así como la Conferencia de Alma-Ata (1978). Además de mediante el ministro canadiense Lalonde (1974) y de los cuadros a modo de resumen donde se recordaba de forma sectorial y con su proporcionalidad de inversión económica, de forma general, a los verdaderos factores que influyen en la salud humana: la genética, la asistencia sanitaria, los estilos de vida y el medioambiente.
Qué difícil es conocer y atender a la salud humana, pues siempre nos hemos centrado con fruición e intensidad en todo lo relacionado con la enfermedad o enfermedades. Así pues, la salud humana siempre la hemos estudiado por defecto de las acciones o comportamientos (no fumar, no beber alcohol, no drogarse, no enfermar, etc.) y en todo lo relacionado con la genética o sus alteraciones. Además de por la asistencia sanitaria, en todos sus niveles asistenciales, desde la Atención Primaria hasta la Atención Hospitalaria. También, finalmente, con la gran profusión de fármacos y/o medicamentos, pruebas de laboratorio y tecnologías diversas aplicadas en todo tipo de enfermedades o intervenciones médico-quirúrgicas.
Cuando no había leyes de referencia en la recién nacida democracia, nos asíamos con fuerza a lo que nos indicaba la Carta Magna de la Constitución del 78. Por estas raíces, pudimos crear un pequeño grupo de preventivistas junto a docentes y otras autoridades, en el hospital Clínico San Carlos, la Asociación de Educación para la Salud (ADEPS,1984) y aferrarnos al Artículo 43, que dice así:
1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.
3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio.
Esto nos permitió trabajar sobre una parcela muy importante de la salud humana, como son los estilos de vida. Y, sobre todo, utilizar metodológicamente a los grandes servidores del gran poeta y escritor Rudyard Kipling: Qué, por qué, para qué, cómo, cuándo, dónde y quién.
Porque para influir algo en este cambio se necesitaba mucha pasión en formación multiprofesional y multidisciplinar. Todo ello se ha conseguido con gran esfuerzo, pero ya nadie duda de la importancia de los estilos de vida y su relación con las enfermedades, especialmente las crónicas.
La Cultura de la salud —cuando la escribí como idea fuerza en 1983— ha devenido afortunadamente en una orientación más, dado que ya no es una rareza. Ningún profesional de las ciencias de la salud la puede ya rebatir, pues los libros y la lectura, la música y los colores fueron desarrollados en las habitaciones, pasillos, salas de espera, quirófanos infantiles y en decenas de lugares de los centros sanitarios y hospitalarios para mejorar o favorecer la recuperación de la enfermedad.
Ya no solo prevalecía la higiene hospitalaria, la investigación y control de las enfermedades infecciosas y nosocomiales, la calidad asistencial y la gestión de los recursos, la formación e investigación, el EPINE, entre otras importantes acciones, sino que se apostaría firmemente por desarrollar la atención primaria y la acción comunitaria.
Ha pasado casi medio siglo y por fin volvemos a hablar de Salud, en mayúscula.
Las leyes y la pedagogía
Creemos que las leyes hacen pedagogía por sí solas, pero no es cierto. Son solamente elementos muy importantes y referenciales, como los marcos de un cuadro, porque lo importante de verdad es lo que se escribe y se dice por dentro. Es, pues, lo dibujado en las letras escritas, o sea, los títulos y los artículos que llevan como si fueran colores que se trazan unos y otros para pintar el verdadero cuadro.
Así, tenemos en nuestro haber una preciosa pintura que fue la Ley 14/1986 General de Sanidad, de 25 de abril, donde se reseña con un marco importante, porque dentro están los fundamentos del Sistema Nacional de Salud (SNS). Está todo lo relacionado con una organización adecuada para prestar una atención integral, porque entiende de la promoción y la prevención de las enfermedades tanto como de la curación y/o rehabilitación. Y porque se querían alcanzar los más altos niveles de calidad y que fueran evaluados y controlados.
Con esta Ley 14/1986 se vivió la descentralización sanitaria en España a través de las CCAA. También se vivió la España de las dos velocidades, pues no todas las comunidades autónomas estaban igual de desarrolladas y capacitadas en sus medios y recursos asistenciales para atender directamente a toda su población con las líneas de prevención, promoción, curación y rehabilitación.
Pero nuestro país asombró una vez más en su capacidad de adaptación y corrección desde un Instituto Nacional de Sanidad (INSALUD) y un joven ministerio de Sanidad y Consumo, con su primer ministro Ernest Lluch Martín, y con líneas mandatarias desde un Madrid centralizado y hospitalocentrista hizo que se potenciara y favoreciera la construcción de los nuevos hospitales con las características más apropiadas del humanismo científico y la calidad asistencial.
También ayudó a formar a cientos de profesionales de la medicina y enfermería con un ideal sobre la salud comunitaria, además de la incorporación de otros campos profesionales. Tiene en su haber, dentro de esa ley, el órgano de coordinación adecuado denominado Consejo Interterritorial, donde los consejeros y consejeras de la Sanidad de cada Comunidad Autónoma exponen sus necesidades y prioridades. Allí se acuerdan llevar a cabo las políticas del Estado, porque ellos son parte como CCAA de ese Estado al que necesitamos mejorar la salud y atender de forma territorial a las personas enfermas.
Desde la Ley 14/1986, General de Sanidad, de 25 de abril, hasta la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, han transcurrido 25 años. En ese tiempo se han desarrollado numerosas e importantes actividades y acciones que tuve la oportunidad de vivir directamente, como el gran avance sanitario, médico, quirúrgico, tecnológico y científico que ha impregnado a toda la sociedad profesional, y muy especialmente a nuestros colegas especialistas en Medicina Preventiva.
En nuestra magnífica especialidad médica (solo teníamos principalmente la formación intrahospitalaria), nos sentíamos rara avis por nuestro reducido número de miembros como sociedad científica en contraposición a los cientos y miles en otras especialidades médicas. Pero siempre hice observar a los y las futuras preventivistas que teníamos el privilegio de ser los mejores preparados, desde el hospital de referencia que elegíamos, después de ganar la oposición nacional, para nuestros años como MIR, así como en nuestra formación anual en la Escuela Nacional de Sanidad. Esta formación en salud pública solo fue en común los primeros años de andadura de nuestra novedosa especialidad médica que fue creada e impulsada fundamentalmente por el Prof. Dr. Segovia de Arana (Alma Ata, 1978), pues en años posteriores los mires de Cataluña y País Vasco se formarían en sus comunidades autónomas.
Ha sido siempre una especialidad sin paro laboral y con múltiples funciones a desarrollar y ejecutar. Además de ser un faro con gran capacidad de observación para hacer prospecciones para el futuro de la sanidad y la salud pública. Siempre fuimos necesarios y algunas veces nuestros informes o presencias “temidas”, pues, al igual que una historia clínica influye solo individualmente, nuestros informes e indicaciones trascendían al grupo, colectividad e institución. Gran poder científico, sanitario y humanista para ejercer los cambios necesarios, ¿verdad?
Es verdad que se necesitaron 25 años para que el informe del ministro canadiense sobre la salud y sus determinantes demostraran la hipertrofia sanitaria hospitalocentrista y la escasez de inversión en los pilares de los estilos de vida y sobre el medioambiente para favorecer la promoción de la salud a través de los programas de Educación para la Salud (EpS).
Era escasa la atención de la salud, a pesar de tener ministros, ministras y consejeros de sanidad de CCAA proclives a favorecer la prevención de las enfermedades y promocionar los estilos de vida saludables. Pues, a pesar de haber introducido la importancia de la educación para la salud y la educación afectivo-sexual en el ámbito educativo en los centros escolares desde el Ministerio de Educación (LOGSE, 1990) y en el Ministerio de Asuntos Sociales, de la ministra Matilde Fernández, a través de los programas sociales desarrollados por el tejido asociativo y fundaciones con la ayuda de subvenciones del IRPF; siempre es todo un reto de continuidad social y política, que no siempre es fácil de sostener ante la demanda diaria y continua de la asistencia sanitaria y hospitalaria.
También se tuvo que transformar el todopoderoso INSALUD, que yo conocí, en la actual INGESA (2002), cuando por fin se terminaron de desarrollar todas las competencias de los servicios de sanidad de las 17 CCAA dentro del Sistema Nacional de Salud (SNS) de nuestra democracia. Todo ello a pesar de las dos velocidades, pues no todas las comunidades autónomas partían desde el mismo nivel de capacidad de desarrollo y potencialidades económicas.
La Ley 16/2003 de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud vino a refrendar las competencias de todas las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para adecuarse en los profundos cambios producidos en todo lo relacionado con la salud y la enfermedad, así como las nuevas formas tecnológicas de vivir.
Esta ley establece las acciones de coordinación y cooperación de las Administraciones públicas sanitarias para asegurar el derecho a la protección de la salud de toda la ciudadanía y así garantizar la equidad, la calidad y la participación en el SNS.
Tenemos un Estado descentralizado y todas las administraciones tienen que ayudar a que la calidad prevalezca a través de sus servicios profesionales sanitarios, los servicios de farmacia, la investigación y la información sanitaria. Por ello, esta ley crea la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios ( AESAN) y el Instituto de Salud Carlos III, pero también potencia la Agencia de Evaluación de Tecnologías, la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud, el Observatorio del Sistema Nacional de Salud y el Instituto de Información Sanitaria. Diversas comisiones son favorecidas siempre por el órgano básico de cohesión que es el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en España, donde se encuentra la Alta Inspección para el seguimiento de todos estos acuerdos.
La nueva era con el siglo XXI
La nueva era entró dándonos un poco de miedo o, mejor dicho, “con respeto”, como decían nuestros ancestros, pues nos avisaban que se caería el sistema operativo de INTERNET al que ya nos estábamos acostumbrando y aprendiendo para ponernos al día todos los amanuenses del mundo.
Llegaba potente la era de las y los nativos digitales con grandes posibilidades sociales, médicas y científicas de conexión e interconexión globalizada. Lo que nos proporcionaba todo un mundo de curiosidades, conocimientos compartidos de los metaanálisis del mundo “mundial”.
En todo el SNS se trabajaba con papel y con ordenador, pero cada día más las nuevas tecnologías son las que nos marcan el rumbo de nuestras palabras escritas. Quizás llegaremos a conocer también que las ideas pensadas basadas en nuestros deseos, costumbres y hábitos personales serán motivos de disección neuronal por individuos porque ya lo son de forma poblacional a través de los metadatos que tienen las nuevas redes y sobre todo la nube digital. Todo ello está cambiando a nuestra sociedad y tendrá que estar reflejado también en las leyes sanitarias.
Y cuando ya nos hemos sumergido en los primeros años de la Era Digital, observamos que sigue prevaleciendo lo sanitario sobre la salud e incluso que retrocedemos en algunos aspectos.
Por ello, la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública nos recuerda el artículo 43 de la Constitución Española para proteger la salud de la población a través de la salud pública gestionada y administrada por todas las administraciones públicas. Así como mediante la participación de la sociedad a fin de prevenir las enfermedades, proteger y recuperar la salud tanto individual como colectivamente mediante acciones sanitarias, sectoriales y transversales.
Y considera claramente que las Actuaciones de Salud Pública son las siguientes:
- La vigilancia en salud pública
- La prevención de la enfermedad
- La promoción de la salud
- La coordinación de la promoción de la salud y la prevención de enfermedades en el SNS.
- La gestión sanitaria como acción de salud pública
- La protección de la salud de la población
- La evaluación del impacto de salud de otras políticas
Y por todo ello y más se desarrolla la Estrategia de Salud Pública y además prevé la creación de un Centro Estatal de Salud Pública.
Pero todavía nos quedaban muchas sorpresas por vivir y entre todas ellas sobresale la crisis económica global, que de forma anunciada y en los confines occidentales de nuestra cultura, en los países líderes del neocapitalismo, especialmente en E.E.U.U. nos hacen tambalear las costuras.
Y si los recortes económicos llegan a la mayoría de la ciudadanía e incluso se paran los incrementos salariales de las y los funcionarios en las diversas estructuras de la Administración general, autonómica y local de todo un país, las cosas pintan en bastos. Todo lo previsto se queda casi en tablas, por no decir “virgencita que nos quedemos como estábamos” y eso que aún no había llegado lo peor para toda la población.
Nos vino de Oriente y de un gran país, cuasi continental, como es China. Concretamente, comenzó el foco inicial en la ciudad de Wuhan a finales del año 2019 y por ello el virus del SARS-CoV-2 del 2019 se le denominó por la OMS como el productor de la enfermedad vírica de la denominada COVID-19
Y cuando la OMS define la situación de Pandemia a principios del 2020 y España se puso en marcha con todos los resortes a su alcance sanitarios, políticos y sociales, pues pudimos observar la fortaleza de sus profesionales en todos los ámbitos y muy especialmente en la sanidad pública, con algo de apoyo de la privada. Pudimos atender sanitariamente desde la Atención Primaria hasta la hospitalaria a pesar de todas las dificultades, enfermos y desgraciadamente miles de fallecimientos. Pero se evidenciaron claramente los retos y dificultades que teníamos por no tener los instrumentos de anticipación para una respuesta rápida como es una epidemia y más una pandemia que asoló al planeta del este al oeste y de norte a sur.
Había que corregir este déficit y todos los supuestos sociales, demográficos, tecnológicos, económicos y medioambientales que fueran necesarios. Por ello, desde el Congreso de los Diputados analizando los resultados de esta gran crisis humana y económica observó en las conclusiones para la Reconstrucción Social y Económica que se necesitaba llevar adelante la creación de un Centro Estatal de Salud Pública del que ya se había dejado en la puerta aparcado para desarrollar y se mencionaba por la Ley 33/2011 General de Salud Pública.
De Centro a una Agencia Estatal de Salud Pública (AESAP)
Antes de entrar en el asunto propio de este artículo, solo recordar una vez más que nuestros colegas especialistas en Medicina Preventiva y salud Pública hicieron una labor ingente y como casi siempre poco reconocida, aunque la población española, por fin, asumió como un valor la medicina preventiva y la salud pública sobre todo por la necesidad de la prevención en todos los ámbitos de la vida humana.
La necesidad de una mejor gobernanza del Sistema Nacional de Salud, la necesaria cooperación entre los servicios asistenciales y de salud pública de las CCAA, además de los grandes motivos para superar la crisis económica y social de la pandemia como crisis sanitaria llevó a un proceso de transformación estructural para favorecer un desarrollo más sostenible.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en sus debidos apartados y especialmente el componente 18 hacía favorable las reformas e inversiones necesarias para la renovación y ampliación de las capacidades del Sistema Nacional de Salud y sus tres instrumentos operativos y estratégicos como son: la Estrategia de Salud Pública, la Red de Vigilancia en Salud Pública y el Centro estatal de Salud Pública.
La Estrategia de Salud Pública se aprobó por el Pleno del Consejo Interterritorial del SNS el 22 de junio del 2022 y fue todo un hito.
La Comisión Europea identificó los problemas sufridos por la COVID-19 y en sus posibles soluciones estaba la necesidad de contar con Sistemas de Vigilancia basados en datos comparables y completos, con asesoramiento científico claro, coordinado, constante en coherencia y objetividad.
Y que además este sistema de vigilancia de la salud pública en España tiene que estar interconectado con el Sistema de Seguridad Nacional para contribuir en las funciones comunes y preparado para futuras crisis sanitarias.
También era necesario facilitar la coordinación entre el sector público y el privado para aumentar la resiliencia en la cadena de suministros de productos y materiales médicos.
Así, en la exposición de motivos “acordada por el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en su reunión de 15 de junio de 2022, establece el marco de actuación para desarrollar una vigilancia en salud pública moderna, cohesionada y armonizada en todo el territorio nacional…
…El desarrollo de sistemas de monitorización y de predicción avanzados es necesario para fundamentar las estrategias de respuesta, para lo que es imprescindible la colaboración científica, académica, de la industria, de otros actores y de las administraciones públicas. Todo esto con el fin de incorporar el resultado de las investigaciones y de la innovación científica, aplicando las tecnologías más avanzadas en estudios epidemiológicos.
Por ello, es preciso disponer de servicios de inteligencia epidemiológica, capaces de procesar e integrar toda la información colaborativa oportunamente, permitiendo la toma de decisiones rápidas y anticipatorias. Así también, previendo diferentes escenarios futuros que tengan en cuenta no solo las consecuencias sanitarias directas de una situación de crisis sanitaria, sino las indirectas, tales como las relacionadas con la salud mental o las consecuencias sociales y económicas, prestando especial atención al impacto en las desigualdades sociales en salud.
Es necesario, además, generar conocimiento sobre el estado de salud de la población a partir de las encuestas, los sistemas de información del SNS y otras fuentes de datos, para elaborar planes de prevención y respuesta ante riesgos y problemas para la salud. Para dar respuesta a estas necesidades, la Agencia Estatal de Salud Pública (en adelante, AESAP) que se crea mediante esta ley, debe asumir el desarrollo y ejecución de las funciones técnicas del Ministerio de Sanidad en materia de vigilancia en salud pública en los términos establecidos en la Ley 33/2011, de 4 de octubre, y, en particular la coordinación y evaluación de la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública, acometiendo la necesaria reforma de la actual Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica de las enfermedades transmisibles para incorporar la vigilancia de enfermedades no transmisibles, lesiones, otros condicionantes de la salud, sus determinantes sociales y las inequidades en salud..”
…El cuarto punto de apoyo era el siguiente:
“Exposición de motivos Departamento de Documentación: la estimación de necesidades a partir de escenarios de riesgo, en coordinación con el resto de organismos nacionales e instrumentos con competencias para la identificación y determinación de los lugares críticos de producción, almacenamiento, distribución y logística, en particular, con el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (en adelante, INGESA) y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (en adelante, AEMPS), contribuyendo a reducir las dependencias en el ecosistema industrial sanitario.
Esta actividad se debe coordinar con las diferentes autoridades de la Comisión Europea implicadas y, en particular, con la Dirección General de Salud y Seguridad Alimentaria (SANTE, por sus siglas en inglés), la Autoridad Europea de Preparación y Respuesta ante Emergencias Sanitarias (HERA, por sus siglas en inglés), la Dirección General Protección Civil y Operaciones de Ayuda Humanitaria Europeas (ECHO, por sus siglas en inglés) y con el Mecanismo de Protección Civil de la Unión Europea. Asimismo, la posibilidad de que agentes biológicos o sus toxinas puedan ser utilizados como armas constituye una posible amenaza para la salud de la población y la seguridad nacional…”
La Agencia Estatal de Salud Pública (AESAP) es una propuesta de ley que recoge todas las premisas analizadas en la Ley 33/2011 y las amplía en las áreas temáticas abordadas y en los retos afrontados, aplicando el enfoque de “una sola salud” (On Health), pues, como indica la Comisión Europea, la AESAP debe evaluar, comunicar y gestionar el riesgo.
Por tanto…”La Mesa de la Cámara, en su reunión de 6 de febrero de 2024, acordó, en relación con el Proyecto de Ley por la que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública y se modifica la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, encomendar su aprobación con competencia legislativa plena y por el procedimiento de urgencia, conforme a los artículos 148 y 93 del Reglamento, a la Comisión de Sanidad” …
“…Este proyecto, que consta de una Exposición de Motivos y una parte dispositiva con ocho artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales, pretende dar respuesta a todas estas cuestiones, a través de las siguientes medidas:
La creación de la Agencia Estatal de Salud Pública (AESAP), adscrita orgánicamente al Ministerio de Sanidad y dotada de personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorerías propios y autonomía de gestión. Entre los objetivos de la AESAP estarían:
Para ello debería: Aprobada por Acuerdo 1488 del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, de junio de 2022/ Aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados, el 29 de julio de 2020/ Departamento de Documentación:
La modificación de la Ley 33/2011 para adecuarla a la creación de la AESAP.
Las tasas exigibles relativas a los servicios y actividades recogidas en el Reglamento (UE) n.º 528/2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas. La Unión Europea de la Salud es un ambicioso proyecto puesto en marcha por la Comisión Europea, que tiene por objetivo permitir a todos los países de la UE prepararse y responder juntos a las crisis sanitarias, disponer de suministros médicos innovadores a precios asequibles y colaborar para mejorar la prevención, el tratamiento y el seguimiento de enfermedades.
Mucha información, bien estructurada y documentada, se presentó ante la Comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados, donde ejerzo actualmente como secretaria primera y portavoz adjunta. Esto ocurrió después de que el Pleno aprobara por mayoría su primer escollo: la propuesta del Proyecto de Ley presentada por el Ministerio de Sanidad.
Posteriormente, tras su paso por el Pleno, el proyecto de ley fue remitido a la Comisión de Sanidad, competente en este ámbito. Durante todo el año 2024 se trabajó intensamente para mejorarlo mediante las aportaciones de profesionales, sociedades científicas que lo solicitaron a la Mesa de la Comisión, y de los diputados y diputadas pertenecientes a los distintos grupos políticos del Congreso. Actualmente somos nueve grupos: PP, PSOE, VOX, SUMAR, PNV, HB, ER, JUNTS y Grupo Mixto.
Pues bien, la propia Comisión de Sanidad, después de un arduo trabajo, la aprobó por mayoría, siempre con el “no” del grupo de VOX. Pero también se aprobó por mayoría llevarla al Pleno del Congreso para su aprobación final.
Pero la sorpresa llegó esa mañana, el jueves 20 de marzo de 2025, en el Pleno del Congreso. Nos sentíamos felices porque, por fin, parecía que la AESP saldría adelante. Sin embargo, no fue así: de los 345 votos emitidos, solo 167 fueron a favor, 176 en contra y hubo 2 abstenciones.
Así pues, vuelta del proyecto de ley al Senado y otra vez, después de varios meses, tendría que volver al Congreso de los Diputados y Diputadas. Pero ese resumen lo hace más didáctico y entretenido el periodista F. San Román que escribió como noticia de prensa, el martes 22 de julio del 2025, lo siguiente:
“La tramitación parlamentaria de la Agencia Estatal de Salud Pública ha llegado por fin este martes a su fin. En el denominado ‘Pleno escoba’, el último que se celebra antes del verano y que ha recogido buena parte de los temas pendientes en el Congreso, acogió como segundo punto del orden del día el debate a las seis enmiendas colocadas por el Partido Popular con las que el Senado devolvió el proyecto a la Cámara Baja.
El resultado del debate de dichas enmiendas ha sido el previsible y tres de ellas, incluida la relativa a que sea en el ámbito de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos (CIPM) donde se resuelvan las excepciones al sistema de precios de referencia han logrado ser incorporadas a la nueva ley.
En concreto, esta enmienda servirá para que la CIPM sea la encargada de evaluar aquellos medicamentos que puedan tener un trato diferenciado como incentivo a la innovación, al tiempo que se mantiene el control sobre el gasto farmacéutico.
Las otras dos enmiendas aprobadas son la referente al procedimiento del nombramiento del director del organismo y la referida a la colaboración del sector farmacéutico en la Aesap, especialmente en las cuestiones que afectan a la reserva estratégica de medicamentos. Quedan fuera el resto, por lo que lo relativo a las disposiciones sobre los medicamentos veterinarios que fueron lanzadas de ERC, se mantienen en el texto de la ley.
La diputada de ERC, Etna Estrems, ha defendido el mantenimiento de la enmienda señalando que “busca resolver parcialmente los problemas derivados del Real Decreto 666” y ha indicado que “esta enmienda lo único que dice es que garantizamos el acceso a los tratamientos de los animales de compañía de nuestras familias”.
La partida para la Agencia
El debate parlamentario fue bronco y plagado de los intercambios de rigor sobre corrupción, el uso inadecuado de bienes inmuebles públicos y cuestiones similares. Prácticamente hasta la intervención de la popular Elvira Velasco se habló muy poco de la propia Aesap. “¿Dónde queda la partida para la Agencia?”, se preguntó la diputada. Una cuestión nada superflua y que seguramente será parte del debate que seguirá en el tiempo. Velasco recordó que la creación de la Aesap era un compromiso electoral del PP, pero para hacerlo realidad, una vez que ya puede aspirar a tener forma jurídica, “debe ser un instrumento fuerte” y no convertirse “en un chiringuito más del Gobierno para colocar a amigos que pueden estar muy alejados del aval científico”.
Desde la bancada contraria, la diputada socialista, Carmen Martínez, ha optado por criticar al PP “sus cambios de posición con fines partidistas” en recuerdo a las dos veces que ha votado en contra de su creación, si bien ha coincidido en el sentido del nuevo organismo con la diputada popular: “Este es un nuevo avance para la sociedad española”, ha señalado.
Finalmente, Vox ha sido el único partido que ha mostrado un rechazo frontal a la creación de la Agencia. Rocío de Meer ha justificado la postura de su grupo en que la necesidad de que el organismo coordine a “17 reinos de taifas”, algo que a su juicio la nueva ley no va a conseguir.
Once años
Con todo, el planteamiento de fondo de lo que pretende esta norma es dotar a España de un organismo público que tenga la misión de coordinar las actuaciones en materia de salud pública en el Sistema Nacional de Salud y preparar a España para la llegada de otra pandemia.
El mecanismo normativo para su creación ha tardado en llegar más de once años desde que fuera prevista en la Ley de Salud Pública y algo más de dos desde que por primera vez el Gobierno de España presentara un proyecto de ley para su creación.
La tramitación de aquel proyecto quedó varada en el parón provocado por las elecciones generales de 2023 y fue ya en 2024 cuando el Ejecutivo salido de los pactos entre partidos relanzó el proyecto. A partir de ese momento y tras una tramitación parlamentaria complicada por fin ha visto la luz.
Ahora, el Gobierno tiene seis meses para aprobar el estatuto que regulará el funcionamiento de la Agencia, previsiblemente a través de Real Decreto y posteriormente deberá elegir su ubicación. Esta cuestión, que corresponde al Ministerio de Administraciones Públicas, no será fácil, ya que el organismo, afectado por el Decreto de Descentralización se ubicará fuera de Madrid y ya existen numerosas ciudades candidatas a ser la sede del mismo”.
Ahora solo nos queda saber el lugar donde se ubicará y algunos artículos pendientes a desarrollar para que comience a funcionar con el apoyo de toda la profesión especializada, los gestores sanitarios, la generosidad interdepartamental de las diferentes CCAA, así como un sinfín de medios. Además de los recursos para que la ciudadanía se sienta más protegida en todo lo relacionado con su salud en España.
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